La Ley 21.224que se refiere al cambio del orden de los apellidos entró en vigencia este martes en el país.

Es por eso que el ministro de Justicia, Hernán Larraín; la subsecretaria de Derechos Humanos, Lorena Recabarren, y el director nacional del Registro Civil, Sergio Mierzejewski, acompañaron a las primeras personas que realizaron el trámite.

El secretario de Estado explicó a T13 que “hoy empieza a funcionar la ley que fue publicada hace algún tiempo, pero cuyo reglamento fue publicado ayer, lo que nos permite que el Registro Civil comience con este procedimiento”.

Respecto a cómo se puede cambiar el orden de los apellidos, el titular de Justicia señaló que “hay dos formas, una cuando los padres inscriben a su hijo en el Registro Civil. Ahí los padres determinan cuál va a ser el orden de los apellidos. Hasta ahora ha sido la tradición de que se inscribe el apellido del padre primero y luego el de la madre y eso es parte de lo que se quiere romper, que no sea una cuestión automática, porque eso establece una cierta primacía y lo que estamos buscando es una cierta igualdad entre hombres y mujeres, por lo tanto, ellos deciden cuál va primero”.

Aclaró que “si no se ponen de acuerdo, el oficial del Registro Civil tirará una monedita al aire y será el que determine cuál de los dos va primero”.

Sobre la segunda manera para realizar el trámite, el ministro indicó que “cuando un adulto, mayor de 18 años, quiere cambiar el orden de sus apellidos, tiene que agendar una reunión en el Registro Civil a partir de hoy en los lugares donde se ha instalado este sistema a lo largo del país y ahí pedir el cambio. No tiene que hacer un procedimiento judicial como había hasta ahora lleno de engorros y causas, simplemente va y pide el cambio”.

Larraín añadió que “los cambios de orden de los apellidos se pueden hacer una sola vez en la vida, no se puede estar cambiando el orden de los apellidos eternamente”.

El secretario de Estado también explicó que “cuando un adulto pide el cambio de orden de los apellidos, hay que ver si tiene hijos. Si tiene hijos menores de 14 años, en ese caso ese hijo o hija tiene que seguir el cambio que realizó el padre o la madre. Pero si tiene hijos entre 14 y 18 años, entonces los menores deciden si quieren el cambio o no”.