Una nueva circular del Ministerio de Educación, oficializada por la Superintendencia de Educación, dicta que estudiantes trans mayores de 14 años deben ser tratados por su nombre social.

Las y los alumnos podrán solicitar de forma autónoma el respeto a su identidad de género.

La circular 768 sobre niños, niñas y adolescentes trans, fue reemplazada por la resolución 812, dictada el 12 de diciembre de este año.

La vocera del Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh), Daniela Andrade, señaló que «la actualización era una tarea pendiente del Estado, pues la circular 768 era previa a la ley de identidad de género».

«Permite a mayores de 14 años solicitar a los establecimientos educacionales que se respete su sexo y nombre social en forma autónoma a sus apoderados. Antes, este derecho era sólo para mayores de 18 años. Considerando que muchas familias discriminan o desconocen qué es la identidad de género, dar esta libertad a los mayores de 14 sin duda tendrá un impacto positivo en su calidad de vida y dignidad», añadió la portavoz del Movilh.

Además, las modificaciones contemplan principios de integración e inclusión, las cuales buscan eliminar «formas de discriminación arbitraria que impidan el aprendizaje y la participación de los y las estudiantes».

Junto con ello, se incluyen principios de la ley de identidad de género, como no patologización, confidencialidad, dignidad en el trato y autonomía progresiva del menor de edad.

La circular también añade como derecho de los niños, niñas y adolescentes el «reconocimiento y protección de su identidad de género, así como a expresar su orientación sexual». De esta forma, deberán ser tratados verbalmente por su nombre social «siempre y sin excepción».

Aunque en el libro de clases y documentos como certificado anual de notas o licencia de educación media estará el nombre legal, sí se podrá añadir el nombre social.