La Contraloría General de La República emitió un dictamen en el cual asegura que la iniciativa impulsada por municipios para vender gas a un precio accesible a sus vecinos, bautizada como «Gas Popular», es inconstitucional.

Y es que el órgano fiscalizador respondió una consulta realizada por las municipalidades de Lo Prado, Conchalí y Pelarco. Puntualmente, preguntaban «si ante las particulares condiciones que se han producido por el alza de los combustibles, es posible que las entidades edilicias puedan vender gas a los vecinos de sus comunas».

¿La respuesta? «Las municipalidades podrán desarrollar actividades empresariales o participar en ellas solo si una ley de quórum calificado las autoriza, lo que no ha tenido lugar en la especie«, acusa lo dictaminado por la entidad.

De todas maneras, se consignó que «la venta de gas a sus vecinos solo puede ser efectuada en la medida que el legislador lo autorice expresamente«. Por ende, para que esta iniciativa se concrete, se debe modificar normativa correspondiente en el Congreso Nacional.

Contraloría respondió con un oficio a todas las municipalidades y advirtieron que estos organismos solo podrían comercializar el gas si una ley aprobada en el Congreso así lo permite, y lo diferenció de los medicamentos que sí pueden distribuir a través de las “farmacias populares” porque la ley las considera dentro de las funciones de atención primaria de salud que si tienen los municipios.

“Según los artículos 19, N° 21, de la Carta Fundamental, y 11 de la anotada ley N° 18.695, las municipalidades podrán desarrollar actividades empresariales o participar en ellas solo si una ley de quórum calificado las autoriza, lo que no ha tenido lugar en la especie”, dice el documento firmado por el contralor Jorge Bermúdez.

“Asimismo, cabe manifestar que la venta de gas por la que se consulta es una situación diversa de la analizada respecto de las farmacias comunales, las que se encuentran amparadas en las funciones de atención primaria de salud que el legislador radicó expresamente en las entidades edilicias”, añade.

“Resulta forzoso concluir que no obstante la delicada situación planteada por los municipios recurrentes respecto del alza de los combustibles, la venta de gas a sus vecinos solo puede ser efectuada en la medida que el legislador lo autorice expresamente”, concluye.