La Comisión de Medio Ambiente aprobó modificar la ley 19.419 que busca facilitar el reciclaje del tabaco y derivados, y el Código Penal, para proteger playas, ríos y lagos de la contaminación que provocan las colillas de cigarros.

 Las normas modificadas fueron las siguientes:

  1. Los filtros y las colillas de los cigarrillos que se comercialicen dentro del territorio nacional deberán ser fabricados solo con materiales biodegradables. No se incorporó como alternativa que estos sean susceptibles de ser reutilizables, reciclables o compostables, como planteaba el proyecto inicial.
  2. Se incluyó a las playas de mar, ríos y lagos, dentro de los lugares donde estará prohibido fumar.
  3. Asimismo, se prohíbe arrojar filtros o colillas de cigarrillos en la vía pública o en los patios o espacios al aire libre de aeropuertos, teatros y cines; centros de atención o de prestación de servicios; supermercados, centros comerciales y en establecimientos de salud públicos y privados.

En tanto, respecto de las modificaciones al Código Penal, la comisión aprobó incluir a la colilla de cigarrillo como un elemento prohibido de arrojar en las playas, acción que será sancionada con una multa de una a cuatro unidades tributarias mensuales (cerca de 208 mil pesos).